Cajas fuertes homologadas para establecimientos especiales
Los comercios y establecimientos especiales como las administraciones de lotería, las joyerías, locales de “compro oro”, locales de juego, bingos, galerías de arte, gasolineras, etc., necesitan tener instaladas cajas fuertes homologadas de grado IV, como bien indica la orden INT/317/2011, en relación a las medidas de seguridad privada.
Estos locales deberán disponer de una caja fuerte homologada de grado IV según la Norma UNE-EN 1143-1, que necesariamente contará con un sistema de cierre con bloqueo y retardo programable. Además, es obligatorio uno o más detectores sísmicos que estrán conectados al sistema de alarma del comercio.
El sistema de programación de retardo asegura que la caja no podrás abrirse hasta que pase el tiempo programado. El tiempo minimo programado será de 10 minutos.
En este tipo de cajas fuertes, se incluye un dispositivo de bloqueo que impedirá que la caja se pueda abrir desde la hora de cierre del comercio hasta la hora de apertura del siguiente dia, que abra sus puertas dicho comercio.
Si el peso de la caja fuerte es inferior a los 2000 Kg, deberá ser anclada con sistemas de anclaje homologados sometidos a la Norma UNE 108136. En caso de que existan circunstancias especiales por las cuales no pueda realizarse el anclaje, se deberán tomar otras medidas de seguridad.
Si las cajas van a ser instaladas en comercios o superficies comerciales con vigilantes de seguridad 24 horas al dia, solo será necesario anclar la caja sin anclajes especiales.
Las cajas fuertes de las gasolineras, además de cumplir con los requisitos anteriormente expuestos, tienen que disponer de un buzon anti-pesca. De esta manera es posible introducir dinero sin necesidad de abrir la caja. Esto debe ser asi ya que sus empleados y cajas no pueden disponer de cantidades en efectivo que sean mayores de 600 y 1200 euros respectivamente.
Otras medidas adicionales que tienen que cumplirse en cada tipo de establecimiento para mejorar la seguridad del mismo vienen descritas en la orden INT/317/2011. Algunas de estas medidas para mejorar la seguridad de los comercios son: sistemas de detección sísmica y sistemas de alarma, puertas y cristales blindados, rejas en ventanas y zonas de acceso…
Enlaces de interés:
- BOE: Orden INT/317/2011, de 1 de febrero, sobre medidas de seguridad privada.
- AENOR: Normas y Publicaciones